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La CRE incluye un nuevo índice de cumplimiento para sus verificaciones en los carburantes
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) aplicará
un índice de cumplimiento de obligaciones regulatorias para las verificaciones
o inspecciones que realice a instalaciones de compañías de carburantes.
De esta manera, en forma descendente, del 10 al 7.6 se hará
solo una verificación ordinaria, lo que da un resultado de cumplimiento “A”;
del 7.5 al 5.1 requerirá información, con un resultado “B”; del 5.0 al 2.6 se
efectuará un monitoreo, con resultado “C”, y del 2.5 al 0 se dará un “seguimiento
rutinario” de las obligaciones del regulado, con resultado “D”.
Es así como el organismo bajo la presidencia de Leopoldo
Melchi García publicó este martes el “Acuerdo Núm.
A/009/2023 por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica
el Acuerdo A/037/2016, por el que se expiden los criterios y la
metodología para determinar las visitas de verificación o inspección que
deberán llevarse a cabo y se establecen los criterios y la metodología para
determinar las visitas de verificación o inspección que deberán llevarse a cabo
en materia de hidrocarburos”.
Según dicho documento, difundido a través del Diario
Oficial de la Federación (DOF), el índice establece una escala de 0 al 10,
precisando rangos por los cuales se determina el tipo de verificación o
inspección a realizar.
“Con base en los resultados obtenidos para cada Área
Sustantiva en la selección de Permisionarios sujetos a visita de verificación
y, cuando no se tenga una muestra estadísticamente representativa de todo el
universo de Permisionarios de la Comisión para visita de verificación
ordinaria, la Dirección, podrá solicitar a cada Área Sustantiva que seleccione
una muestra aleatoria de Permisionarios para realizar visitas de verificación
rutinarias”, explica el Acuerdo de la CRE.
Así los permisionarios podrán tener una calificación en la
matriz de “B”, “C” o “D”, es decir, los que ya presenten alguna
irregularidad en su nivel de cumplimiento.
Con esta actualización, se modifica el Acuerdo A/037/2016
por el que la Comisión Reguladora de Energía expide los criterios y la
metodología para determinar las visitas de verificación o inspección que
deberán llevarse a cabo, publicado en el DOF el día 11 de noviembre de 2016.
Además, indica que la Unidad de Hidrocarburos de la Comisión
determinará anualmente los permisionarios que serán sujetos de una visita de
verificación, para lo cual se deberán considerar los recursos humanos y el
presupuesto disponible, así como los criterios y la metodología contenidos en
el Anexo incluido en la normativa.