
Dan suspensión a turnos de CRE
Algunas empresas afectadas por la calendarización y
turnos que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) impuso
para atender trámites y solicitudes ya lograron obtener suspensiones ante
las medidas.
Julia González Romero, consejera de la firma González Calvillo, explicó que
algunos quejosos ya presentaron amparos y obtuvieron la suspensión para
que el regulador les dé respuesta normal a sus planes y para que puedan hacer
solicitudes sin tener que esperar un turno.
Dijo que fue una estrategia difícil porque al inicio sólo un juez estaba
concediendo suspensiones para el tema de los turnos o folios.
Para el sector hidrocarburos, la CRE únicamente ofrece 50
turnos cada mes.
En el caso de aquellos trámites presentados antes del primero de marzo, y que
pueden ser atendidos hasta 2024, se había negado (la suspensión)
hasta que se presentó un recurso de queja y se obtuvo en un tribunal colegiado.
Los clientes presentaron un trámite el año pasado y antepasado, y la
suspensión que conseguimos es para que les corran los plazos de respuesta
normales a los trámites presentados antes del primero de marzo, y dos, para que
no les aplique el sistema de folios, explicó González.
Las suspensiones sólo aplican a los quejosos que presenten sus amparos y no en
términos generales, por lo que cada interesado deberá iniciar su propio proceso
si desea defenderse, añadió.
El pasado 24 de abril, REFORMA publicó que se esperaba que algunos afectados
buscaran defenderse legalmente de las acciones de la CRE, aunque la
estrategia legal era complicada, pues se tenían que demostrar las afectaciones
directas a los permisionarios en el desarrollo u operación de sus proyectos.
Además, el mismo regulador ha incumplido con los plazos que impuso, pues ha
llevado a sesión del pleno para su resolución asuntos que deberían atenderse
posteriormente, según el mismo calendario que el impuso a los participantes del
sector energético.
González Romero explicó que entre los argumentos para la defensa destaca que el
acuerdo que establece los plazos de atención a las solicitudes fue emitido por
el comisionado presidente y no por el órgano de gobierno, además de la
violación a los artículos 8 y 17 constitucionales que refieren el derecho de
petición y acceso a la justicia.
Por el momento sólo se trata de suspensiones otorgadas contra los actos
reclamados, pero la resolución total del amparo puede demorar entre 12 y 18
meses.