ASEA simplifica trámites en materia de hidrocarburos; nuevos formatos para trámites
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publica Acuerdo que establecen acciones de simplificación para trámites.
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publica acuerdo que establecen acciones de simplificación para trámites que se realzan en la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, así como se expiden y modifican formatos del mismo.
Las nuevas disposiciones de simplificación buscan mejorar un trámite o una regulación con el objeto de hacerlo más eficiente, sencillo y menos costoso para los particulares.
El gobierno pretende disminuya la discrecionalidad de las autoridades, esta agencia establece la fusión de diversos trámites a cargo de la misma, así como la eliminación de diversos requisitos y mejoras en los formatos de trámite.
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la agencia nacional de seguridad industrial y de protección al medio ambiente del sector hidrocarburos, así como se expiden y modifican los formatos del acuerdo que se menciona. Los siete trámites con cambios, son:
1.- Autorización de la Licencia de Funcionamiento para Estaciones de servicio de expendio al público de petrolíferos (gasolina y/o diésel), gas licuado de petróleo, gas natural y de expendio al público simultáneo (incluyendo a las Estaciones de Servicio Multimodal.
2.- Actualización de la Licencia de Funcionamiento para Estaciones de servicio de expendio al público de petrolíferos (gasolina y/o diésel), gas licuado de petróleo, gas natural y de expendio al público simultáneo (incluyendo a las Estaciones de Servicio Multimodal).
3.- Licencia Ambiental Única del Sector Hidrocarburos.
4.- Aviso de inicio de operaciones del Sector Hidrocarburos. Modalidad D. Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para as Licuado de Petróleo.
5.- Aviso de presentación anual del Dictamen de Operación y Mantenimiento del Sector de Hidrocarburos. Modalidad D: Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo.
6.- Presentación del Dictamen de Pre-arranque de Estaciones de Servicio con Fin Específico para el Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles.
7.- Presentación de Dictamen de Operación y Mantenimiento de Estaciones de Servicio con Fin Específico para el Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles.
Las nuevas disposiciones de simplificación buscan mejorar un trámite o una regulación con el objeto de hacerlo más eficiente, sencillo y menos costoso para los particulares.
El gobierno pretende disminuya la discrecionalidad de las autoridades, esta agencia establece la fusión de diversos trámites a cargo de la misma, así como la eliminación de diversos requisitos y mejoras en los formatos de trámite.
Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la agencia nacional de seguridad industrial y de protección al medio ambiente del sector hidrocarburos, así como se expiden y modifican los formatos del acuerdo que se menciona. Los siete trámites con cambios, son:
1.- Autorización de la Licencia de Funcionamiento para Estaciones de servicio de expendio al público de petrolíferos (gasolina y/o diésel), gas licuado de petróleo, gas natural y de expendio al público simultáneo (incluyendo a las Estaciones de Servicio Multimodal.
2.- Actualización de la Licencia de Funcionamiento para Estaciones de servicio de expendio al público de petrolíferos (gasolina y/o diésel), gas licuado de petróleo, gas natural y de expendio al público simultáneo (incluyendo a las Estaciones de Servicio Multimodal).
3.- Licencia Ambiental Única del Sector Hidrocarburos.
4.- Aviso de inicio de operaciones del Sector Hidrocarburos. Modalidad D. Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para as Licuado de Petróleo.
5.- Aviso de presentación anual del Dictamen de Operación y Mantenimiento del Sector de Hidrocarburos. Modalidad D: Instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo.
6.- Presentación del Dictamen de Pre-arranque de Estaciones de Servicio con Fin Específico para el Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles.
7.- Presentación de Dictamen de Operación y Mantenimiento de Estaciones de Servicio con Fin Específico para el Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, por medio del llenado parcial o total de recipientes portátiles.


