
Endurecen reglamento de gasolineras
El Reglamento se denomina de Estaciones de
Servicio de Fin Específico y de Estaciones Asociadas a la Actividad de Expendio
en su Modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo para diésel y gasolina
del municipio de Corregidora.
De acuerdo a las autoridades del municipio, este
es el primer lineamiento de su tipo en el Estado y tiene como objetivo regular
la ubicación de las gasolineras, vigilar el cumplimiento de las normas de su
construcción, el otorgamiento de la licencia municipal de funcionamiento, estipular
los lineamientos de seguridad y la ejecución
de visitas de verificación e inspección.
Contempla -además- la imposición de sanciones por
incumplimiento a las disposiciones reglamentarias de carácter municipal
Algunos de los puntos más importantes del
Reglamento destacan que: sólo se autorizará el establecimiento a estaciones de
servicio cuando los predios estén ubicados en lugares compatibles, conforme a
los usos de suelo señalados; el predio en que se pretenda establecer una
estación de servicio deberá tener, en el mismo sentido lineal, mínimo mil
metros con relación a otra estación de servicio y en sentido opuesto 500 metros
radiales desde el vértice más cercano de la gasolinera existente.
Puntualiza además que la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Obras Públicas, la Secretaría de Desarrollo Sustentable y la Unidad de
Protección Civil, podrán, en cualquier momento, realizar visitas para
verificar que la construcción se desarrolle de acuerdo al proyecto autorizado y
asimismo, visitas de verificación o inspección a fin de comprobar el
cumplimiento de los indicadores de seguridad que marca la norma oficial;
en caso de no cumplirlos, las secretarías tienen la facultad de suspender y
revocar permisos o licencias correspondientes.
Dicha iniciativa fue propuesta por Mauricio Kuri
González, presidente municipal de la demarcación, y posteriormente, elaborada e
impulsada por Luis Alberto Vega Ricoy, regidor síndico propietario.