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Comunicado

Solicitud de prórroga al SAT para cumplimiento de Controles Volumétricos

Solicitud de prórroga al SAT para cumplimiento de Controles Volumétricos

Se solicita prórroga para cumplimiento a lo ordenado en el artículo Trigésimo Octavo Transitorio de la Resolución Miscelánea para 2018, así como lo publicado en la página del SAT el 17 de abril del año en curso.

Roberto Díaz de León en mi carácter de Presidente de Onexpo Nacional A.C., ante esta H. Administración con el debido respeto comparezco y expongo:

Que mediante el presente escrito y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Trigésimo Octavo Transitorio de la Resolución Miscelánea para 2018, así como lo publicado en la página del SAT, el 17 de abril del año en curso, de donde se colige que el plazo para implementación y cumplimiento con la versión 1.2 de los controles volumétricos es el 16 de julio del presente año, ocurro a solicitar a nombre de mis agremiados, se otorgue prórroga para el cumplimiento esta obligación. 

Al respecto, expongo a usted las situaciones que se han presentado y que han generado una imposibilidad material para que el gremio gasolinero cumpla en tiempo y forma con la versión 1.2., mismas que a continuación se enuncian: 

- En primer término, Pemex Transformación Industrial el día 11 de julio liberó la plataforma para poder enviar los archivos de control volumétrico, ya con la versión 1.2, por lo que los gasolineros hasta esta fecha solo podían enviar la información a Pemex bajo la versión 1.1. 

- Por otro lado, la ubicación geográfica de las estaciones de servicio, las cuales están distribuidas a lo largo y ancho del país y que si bien es cierto algunas se encuentran concentradas en las ciudades, también lo es que muchas se encuentran dispersas guardando grandes distancias entre ellas (Estaciones de servicio rurales y Carreteras principalmente), generándose así espacios de tiempo amplios para que los proveedores de controles volumétricos atiendan a todas las estaciones de servicio. 

- Además, son disposiciones novedosas que dependen de terceros autorizados y, además de gran cantidad de recursos económicos. 

- Al mismo tiempo, como es de su conocimiento, los proveedores cuentan con un número limitado de personal cualificado para atender la implementación de la versión 1.2 de los controles volumétricos. 

- Por último, de la experiencia que se tiene de procedimientos similares que se han tenido que ejecutar en materia de controles volumétricos, se considera que una vez liberados los sistemas, tanto por el SAT como por PEMEX, se ha logrado la implementación al 100% en las EESS en un plazo de aproximadamente 6 meses. 

En mérito de lo expuesto con anterioridad atentamente solicito: 

ÚNICO. - Se otorgue a favor de los contribuyentes, plazo adicional de 6 meses para el cumplimiento de la obligación de contar con la versión 1.2 de controles volumétricos.