Antecedentes
1. Objetivo del Grupo de Trabajo
2. Marco Normativo
3. Ámbito de aplicación
4. Funciones de la Comisión de Tercerías
5. Integrantes
6. Funciones de los integrantes
7. Reglas de operación
8. Disolución
Antecedentes:
Mediante comunicación número DGPR-189/06 de fecha 24 de
abril de 2006, Pemex Refinación manifiesto a ONEXPO
Nacional, A.C., la intención de continuar trabajando en
algunos puntos identificados como prioritarios dentro de
la relación comercial que vincula al Organismo con dicha
Organización, entre otros aspectos, con el referente a
la supervisión de las actividades que realizan las
empresas contratadas para las visitas comerciales,
denominadas "Tercerías".
1. Objetivo de la Comisión de Tercerías
El objetivo principal del Grupo de Trabajo que integra
la Comisión de Tercerías es que ONEXPO Nacional, A.C.,
es colaborar con Pemex Refinación en la atención y
seguimiento de las quejas presentadas en contra de las
actividades que realizan las empresas especializadas
contratadas por el Organismo, para constatar el
cumplimiento de las obligaciones asumidas por los
franquiciatarios en los contratos de franquicia y
suministro y/o en los respectivos convenios
modificatorios a los referidos contratos que en su caso
hubieran suscrito y/o en el Manual de Operación de la
Franquicia.
2. Marco normativo
" Contratos de Franquicia y Suministro y/o Convenios
Modificatorios.
" Manual de Operación de la Franquicia Pemex
3. Ámbito de aplicación
Las presentes reglas de operación serán de aplicación
general y observancia obligatoria para el Grupo de
Trabajo que integra la Comisión de Tercerías en la
evaluación de las empresas especializadas.
4. Funciones de la Comisión de Tercerías
I.- Evaluar las diversas actividades que realizan las
empresas especializadas;
II.- Atender las quejas de los franquiciatarios y darles
puntual seguimiento; sobre los resultados de las visitas
comerciales realizadas en las estaciones de servicio por
las empresas especializadas;
III.- Estandarizar los criterios de aplicación de las
revisiones; y
III.- Reunir a las empresas especializadas, cuando el
caso lo amerite.
5. Integrantes
El Grupo de Trabajo se integrará de la siguiente manera:
Presidente Gerente de Ventas a Estaciones de Servicio
Secretario Técnico Designado por el Presidente
Vocales titulares y/o suplentes Subgerente de
Administración de la Franquicia Pemex de la Gerencia de
Ventas a Estaciones de Servicio
Subgerente de Servicio Técnico a Clientes de la Gerencia
de Coordinación Comercial
Representante de Pemex Refinación
Representante designado por la Onexpo Nacional, A.C.
Representante designado por la Onexpo Nacional, A.C.
Representante designado por la Onexpo Nacional, A.C.
Los miembros del Grupo de Trabajo podrán nombrar un
suplente que cuente con los conocimientos técnicos y
experiencia para el desempeño de esa función. Dichos
nombramientos deberán ser mediante comunicación escrita
dirigida al Presidente.
Los miembros del Grupo de Trabajo que integran la
Comisión de Tercerías, así como sus suplentes tendrán
voz y voto.
6. Funciones de los integrantes
6.1. Del Presidente.
El Presidente tendrá las siguientes funciones:
I. Presidir, conducir y coordinar las sesiones y
reuniones del Grupo de Trabajo.
II. Autorizar la orden del día para las reuniones del
Grupo de Trabajo.
III. Actuar como moderador en el desarrollo de las
sesiones y reuniones de trabajo y determinar como
suficientemente discutidos los temas tratados.
IV. Deliberar y emitir los comentarios que estime
pertinentes, y el voto respectivo para cada uno de los
asuntos que se someten a consideración.
V. Emitir su voto de calidad en caso de empate.
VI. Firmar las minutas de las sesiones, así como los
acuerdos adoptados.
VII. Presentar ante la Subdirección Comercial los
trabajos desarrollados y los resultados alcanzados.
VIII. Representar al Grupo de Trabajo.
IX. Nombrar al Secretario Técnico del Grupo de Trabajo.
6.2. Del Secretario Técnico
El Secretario Técnico tendrá las siguientes funciones:
I. Preparar el orden del día de las reuniones de trabajo
y convocar a los Vocales del Grupo de Trabajo, con cinco
días hábiles de anticipación, remitiendo por correo
electrónico la convocatoria y orden del día; así como la
documentación correspondiente de los asuntos a deliberar
para la reunión que se convoca.
II. Proveer al Grupo de Trabajo los medios necesarios
para el desarrollo de las reuniones que se celebren.
III. Participar en las sesiones del Grupo de Trabajo con
voz pero sin voto.
IV. Elaborar la minuta de acuerdos de la reunión de
trabajo, los compromisos contraídos, los responsables de
su ejecución y las fechas compromiso para su
cumplimiento.
V. Llevar el control de asistencia de los integrantes en
las reuniones del Grupo de Trabajo, mediante la firma de
los mismos en la lista de asistencia y recabar las
firmas de conformidad de los Vocales asistentes una vez
aprobada la minuta por el Grupo de Trabajo.
VI. Enviar a los Vocales del Grupo de Trabajo copia de
la minuta de acuerdos a más tardar dos días hábiles
después de celebrada la reunión.
VII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del
Grupo de Trabajo, llevar su registro, así como el
archivo del mismo.
VIII. Someter a la consideración del Grupo de Trabajo
los asuntos que soliciten los integrantes, siempre que
los remitan por escrito con cinco días hábiles de
anticipación a la fecha de celebración de la reunión de
trabajo y se respalden con la documentación necesaria y
suficiente para su inclusión en el orden del día.
IX. Recopilar los comentarios, opiniones y sugerencias
de los integrantes del Grupo de Trabajo.
X. Elaborar, difundir y mantener actualizado el
directorio de los integrantes del Grupo de Trabajo.
XI. Desarrollar aquellas otras funciones que le sean
encomendadas por el Presidente, relativas a la operación
del mismo.
XII. Firmar las minutas de las sesiones, así como los
acuerdos adoptados.
6.3. De los Vocales titulares y de los Suplentes
Los Vocales titulares y/o los suplentes, tendrán las
siguientes funciones:
I. Representar a la Subdirección Comercial de Pemex
Refinación y a la Onexpo Nacional A.C. en el ámbito de
su competencia, manifestando sus puntos de vista
respecto a los asuntos planteados y proponer soluciones.
II. Asistir a las sesiones y reuniones del Grupo de
Trabajo.
III. Nombrar a un representante.
IV. Emitir opiniones y comentarios que estimen
pertinentes, y el voto respectivo para cada uno de los
asuntos que se someten a consideración.
V. Aportar la información necesaria para el logro del
objetivo del Grupo de Trabajo.
VI. Proponer por escrito al Secretario Técnico, con
cinco días hábiles de anticipación a la fecha de
celebración de las reuniones de trabajo, los temas o
asuntos que estimen deban incluirse en el orden del día,
acompañando, en su caso, la información y documentación
necesaria.
VII. Firmar las minutas de las sesiones, así como los
acuerdos adoptados.
VIII. Apegarse a los lineamientos y criterios generales
que el Grupo de Trabajo establezca para el análisis y
evaluación de las empresas especializadas.
IX. Proponer al Grupo de Trabajo, en su caso, la
integración de grupos de especialistas para la
evaluación de las empresas.
X. Reportar al Grupo de Trabajo, los avances del grupo
de especialistas.
XI. Realizar las actividades necesarias para el
cumplimiento y seguimiento de los acuerdos establecidos.
XII. Cumplir con los trabajos que se les requieran por
el Presidente, relativas a la operación del mismo.
7. Reglas de operación
El Grupo de Trabajo que integra la Comisión de Tercerías
sesionará de conformidad con el Programa de Trabajo que
apruebe el Presidente.
Las convocatorias a las sesiones del Grupo de Trabajo
deberán contener la siguiente información:
" Fecha, hora y lugar de las reuniones de trabajo; y
" Orden del día.
7.1. De la celebración de las sesiones ordinarias,
sesiones extraordinarias y reuniones de trabajo.
I. Serán convocadas vía correo electrónico por el
Secretario Técnico y conducidas por el Presidente, con
la asistencia de los Vocales titulares o suplentes
II. En ausencia del Presidente la sesión será presidida
por el Secretario Técnico.
III. Las sesiones ordinarias y extraordinarias se
celebrarán con un quórum de la mitad más uno Vocales
titulares y/suplentes, los cuales contarán con voz y
voto. En caso de no tener el quórum la reunión se
llevará como grupo de trabajo y los acuerdos que se
adopten deberán ser ratificados en la siguiente reunión
del Grupo de Trabajo.
IV. Los temas a tratar serán los contenidos en el orden
del día.
V. Los acuerdos se tomarán en las sesiones ordinarias y
sesiones extraordinarias por mayoría de opinión de los
Vocales titulares y/o suplentes, teniendo el Presidente
voto de calidad, lo cual se asentará en la minuta
respectiva, indicado en lo particular el comentario de
cada una de las áreas representadas.
VI. Al término de cada sesión se notificará a los
integrantes del Grupo de Trabajo el lugar, hora y fecha
en que habrá de celebrarse la próxima sesión, misma que
será ratificada al envío de la convocatoria y la orden
del día cuando menos con cinco días hábiles de
anticipación, a través de correo electrónico.
VII. Después de cada sesión del Grupo de Trabajo, el
Secretario Técnico en un plazo que no exceda de dos días
hábiles, elaborará la minuta en donde quede constancia
de los acuerdos y los compromisos adoptados, la cual
deberá ser suscrita por los asistentes.
8. Disolución
La disolución del Grupo de Trabajo será acordada por
mayoría de los integrantes de éste siempre y cuando, se
haya cumplido con el objeto de su creación, contado con
la autorización del Subdirector Comercial de Pemex
Refinación.